domingo, 4 de mayo de 2008

Objetando

Todos conocéis sin duda mi fervorosa devoción al Santísimo Señor de Raticulín y mi adscripción inquebrantable a su Iglesia, La Santa Iglesia de Raticulín de los Santos de los Primeros Días, rama 18 de Julio. Sabéis además quienes frecuentáis mi blog, que para asuntos de creencia religiosa, 'mi máximo respeto en ese tema'.

Así que no admito ni media sonrisilla sobre mi Iglesia y mis creencias que yo me las tomo muy a pecho. Fijaros si soy respetuoso que a pesar de saber yo que mi Religión es 'la verdadera', entiendo que existan algunos cristianos de esos católicos de la iglesia de Roma, pobrecillos, tan confundidos ellos y necesitados de una evangelización raticuliana.

El caso es que estoy contentísimo. Yo, que soy un buen libegal, he recibido con entusiasmo la sentencia de TSJA, (¡por una vez estos andaluces haciendo algo de provecho!) que reconoce el derecho a "a la objeción de conciencia a una asignatura que vulnere mis derechos fundamentales a educar a mis hijos [...] motivos de esta vulneración son sustancialmente: se plantea como contenido y fin de la asignatura la formación de la conciencia moral de los alumnos con los contenidos objetivos y criterios que fija el Gobierno [...]supone una ética cívica distinta de la personal, creada por el Estado, cambiante e impuesta a través del sistema educativo"

Así que, armado con este arsenal moral, ético y estético, me he ido a la web del Foro de la Familia y me he hecho con su guía para objetar y ya que convenientemente a mis propósitos va a ser que vivo en Madrid, y tengo hijos en edad escolar, uno de ellos en 1º de ESO y dado que la Comunidad de Madrid es tan especialmente sensible a estos temas y ya lo ha hecho en el caso de otras asignaturas voy a plantear lo siguiente:



RECURSO de OBJECIÓN para RATICULIANOS DE LOS PRIMEROS DÍAS a la asignatura de BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA de 1º ESO

MOTIVOS

PRIMERO.- Que quienes presenta el recurso son padres de un hijo que cursa 1º ESO.

SEGUNDO.- Que la asignatura Biología y Geología de 1º ESO es de curso obligatorio.

TERCERO.- Que tanto nosotros como nuestro hijo profesamos la fe del Raticulismo de los Primeros días, siendo seguidores del Santo Señor de Raticulín y de Su Santa Iglesia de Raticulín de los Santos de los Primeros Días, rama 18 de Julio (en adelante Iglesia Raticuliana de los Primeros Días).

CUARTO.- Que la mencionada asignatura está en contra de nuestros principios y creencias como Raticulianos en sus principales elementos curriculares, a saber: contenidos, objetivos y criterios de evaluación según puede comprobarse en los siguientes elementos:

Contenidos: en el Bloque 4. Los seres vivos y su diversidad, se presenta como contenido “La diversidad como resultado del proceso evolutivo. Los fósiles y la historia de la vida”. Este contenido es contrario a nuestra Fe, pues el Raticulismo defiende que todas las evidencias que “erróneamente” apoyan la evolución han sido “plantadas” intencionadamente por Raticulín para tentar la soberbia de la ciencia, luego la evolución para nosotros no existe.

Criterios de evaluación: el primer criterio contiene “Explicar (…) así como algunas de las concepciones que sobre el sistema planetario se han dado a lo largo de la Historia”. Este criterio de evaluación es, para los seguidores del raticulismo una herejía, pues para nosotros sólo hay una concepción del universo que consiste en su creación por el Santo Raticulín hace exactamente 7431 años ni uno mas ni uno menos.

Objetivos: el objetivo 9 es “Conocer y valorar (…) con atención particular a los problemas a los que se enfrenta hoy la humanidad, destacando la necesidad de búsqueda y aplicación de soluciones (…) que permitan avanzar hacia el logro de un futuro sostenible”. Este objetivo es claramente insostenible para nuestra religión, pues el raticulismo sostiene que el calentamiento global, los terremotos, huracanes y otros desastres naturales son consecuencia directa de que desde los años 1800 ha disminuido el número de piratas, por lo que no puede existir una búsqueda y aplicación de soluciones a un hecho ya conocido e indiscutible.

ANTECEDENTES

PRIMERO.- La asignatura Biología y Geología de 1º ESO es de curso obligatorio y sus elementos curriculares vienen referidos en el Decreto 23/2007 de 10 de Mayo por el que se establece el currículo de la ESO para la Comunidad de Madrid.

SEGUNDO.- Recientemente el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha fallado, sobre el Recurso Nº 787/07 a favor de la objeción de conciencia para con una asignatura basándose en los siguientes argumentos:

en los FUNDAMENTOS DE DERECHO, punto SEGUNDO dice que “exponen los demandantes que la asignatura a la que objetan vulnera sus derechos fundamentales a educar a sus hijos en la formación religiosa y moral que está de acuerdo con sus propias convicciones (art.27.3 CE) y a la libertad ideológica y religiosa (art.16.1 CE). Los motivos de esta vulneración son sustancialmente: se plantea como contenido y fin de la asignatura la formación de la conciencia moral de los alumnos, con los contenidos, objetivos y criterios que fija el Gobierno en el Real Decreto 1631/2996, al margen del derecho de los padres del art.27.3 CE; supone una “ética cívica”, distinta de la personal, creada por el Estado, cambiante, e impuesta a través del sistema educativo; plantea temas, objetivos y criterios de evaluación de alto contenido político, discutible y discutido; y utiliza terminología y conceptos propios de la ideología de género”.

En el punto TERCERO establece que “Según la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, Tribunal Supremo y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, existe el derecho a la objeción de conciencia(…)”.

En el punto CUARTO establece que “(…) en los Reales Decretos (…), que establecen las enseñanzas mínimas, se emplean conceptos de indudable trascendencia ideológica y religiosa(…). Ante esta situación, es razonable que los demandantes (…) pueden estar en desacuerdo con parte de la asignatura, y lógico que soliciten se excluya de ella a su hijo(…)”.

JUSTIFICACIÓN

Todos y cada uno de los argumentos expuestos en el fallo del TSJA sobre la objeción de conciencia a la asignatura de Educación para la Ciudadanía son aplicables a la presente objeción como raticulianos a la asignatura de Biología y Geología de 1º ESO.





Tengo por aquí también el

Anexo: Escrito para que los padres presenten en el centro escolar


D/Dª …………………………., con DNI…………………………. y con domicilio a efectos de notificaciones en ……………………………………………, ante este órgano comparece y como mejor proceda DICE:

Que mediante el presente escrito interpone RECURSO solicitando que mi hijo/a no asista a las clases de la asignatura Biología y Geología de 1º ESO.

Asimismo le comunico mi completa disposición para que mi hijo / hija pueda realizar alguna actividad sustitutoria de la mencionada asignatura, siempre que se ajuste a mis convicciones como padre/madre.

Fdo. Padre/Madre





¡¡¡ Al fin libreeeeeeeee de la proselitista biología!!!






Es una adaptación totalmente ad libitum de este gran post del Club del Tetraedro cuya lectura, tanto en el post como en el resto de contenidos, recomiendo encarecidamente.

1 comentario:

PABLO JESUS GAMEZ RODRIGUEZ dijo...

Conozco a un amigo que va a objetar contra la asignatura de Geografía, porque en vez de "provincias vascondadas", en todos los mapas pone "pais vasco", y eso obviamente vulnera su derecho fundamental a educar a sus hijos.
Por mi parte, yo voy a objetar tambien contra Educación para la Ciudadanía, debido a que vulnera mi derecho constitucional a velar por la integridad fisica y por la salud de mis hijos; ello debido a que no contempla entre sus preceptos la obligatoriedad de que a nuestros hijos se le sirva gratuitamente un minimo de tres birras fresquitas en los meses escolares de la calima de Junio, y dos o tres chupitos para el frio de invierno. Salu2.